Permiso Nacimiento y Cuidado Menor 2026: Guía Esencial de Duración

El permiso por nacimiento y cuidado de menor en 2026 en España experimenta cambios significativos, consolidando un marco legal más amplio y flexible para la conciliación familiar y profesional. Este derecho, fundamental para trabajadores y empresas, ha evolucionado para adaptarse a las demandas sociales y a la normativa europea, buscando garantizar la igualdad y la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos. Para el portal calendariolaboral.top, es esencial desglosar con precisión la duración y las condiciones de este permiso, proporcionando tanto a los trabajadores que buscan saber cuándo librarán, como a las empresas que necesitan datos oficiales para la gestión de nóminas y turnos, la información más actualizada y relevante.

El Permiso por Nacimiento y Cuidado de Menor en España: Marco Legal Actual y su Evolución

El permiso por nacimiento y cuidado de menor, que unificó en 2019 las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, es un derecho individual e intransferible para cada progenitor en España. Su objetivo principal es asegurar la suspensión del contrato de trabajo para el cuidado del menor, abarcando no solo el nacimiento, sino también la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar. Esta evolución normativa refleja un compromiso creciente con la conciliación y la corresponsabilidad, posicionando a España como un referente internacional en políticas de igualdad. A lo largo de los años, la duración de este permiso ha ido aumentando progresivamente. En 2019, el permiso de paternidad se amplió a 8 semanas, en 2020 a 12, y en 2021 se alcanzó la equiparación total para ambos progenitores, fijándose en 16 semanas. Sin embargo, el Real Decreto-ley 9/2025 ha introducido nuevas modificaciones que impactan directamente en la duración y disfrute del permiso por nacimiento y cuidado de menor en 2026. Estas actualizaciones son cruciales para entender cómo se estructurará este derecho a partir del próximo año, especialmente para aquellos que se enfrentan a la llegada de un nuevo miembro a la familia o gestionan equipos de trabajo. La normativa actual busca proporcionar un soporte robusto para que el trabajo retribuido no impida el ejercicio del derecho al cuidado, fomentando un reparto equitativo de las responsabilidades familiares.

Duración y Distribución del Permiso por Nacimiento y Cuidado Menor en 2026

A partir del 1 de enero de 2026, la duración del permiso por nacimiento y cuidado de menor en España experimenta una ampliación significativa. Cada progenitor tendrá derecho a un total de 19 semanas retribuidas, un incremento respecto a las 16 semanas anteriores. Este aumento es el resultado de la transposición de la Directiva europea de conciliación y del Real Decreto-ley 9/2025. La distribución de estas 19 semanas se articula de la siguiente manera:

  • Seis semanas obligatorias: Estas deben disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después del parto, o de la resolución judicial o administrativa en casos de adopción, guarda o acogimiento. Para la madre biológica, existe la posibilidad de anticipar el inicio de este descanso hasta cuatro semanas previas a la fecha prevista del parto. Este periodo inicial es crucial para el establecimiento del vínculo y la recuperación postparto.
  • Once semanas flexibles: Estas semanas restantes pueden disfrutarse en periodos sucesivos, ya sea a jornada completa o parcial, y deben ser utilizadas hasta que el menor cumpla los 12 meses de edad. La flexibilidad en la distribución permite a las familias adaptar el permiso a sus necesidades específicas de cuidado y conciliación.
  • Dos semanas adicionales retribuidas: Esta es una de las novedades más destacadas para 2026. Estas dos semanas extra podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla los ocho años de edad. Es importante recalcar que este derecho es aplicable a los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos a partir del 2 de agosto de 2024, aunque su solicitud efectiva se habilita desde el 1 de enero de 2026. Estas semanas adicionales buscan ofrecer un mayor apoyo a las familias en las etapas más tempranas de la infancia.

Para las familias monoparentales, la protección se amplía significativamente. En estos casos, el permiso total retribuido asciende a 32 semanas, con cuatro semanas adicionales que podrán disfrutarse hasta que el menor cumpla ocho años. Esto garantiza que los menores en familias monoparentales reciban un tiempo de cuidado equivalente, independientemente de la estructura familiar. Además, en supuestos de nacimiento o adopción múltiple, discapacidad del menor o parto prematuro con hospitalización prolongada, se contemplan ampliaciones de una semana adicional para cada progenitor por cada hijo a partir del segundo, o hasta trece semanas adicionales en caso de hospitalización superior a siete días. Estos detalles son vitales para una correcta planificación y gestión tanto para los trabajadores como para los departamentos de RRHH.

Requisitos y Beneficiarios del Permiso por Nacimiento y Cuidado de Menor

El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho universal para los trabajadores en España que cumplan con una serie de requisitos específicos, diseñado para abarcar a una amplia gama de situaciones familiares y laborales. Pueden acogerse a este permiso tanto los trabajadores por cuenta ajena como los trabajadores autónomos y los empleados públicos, siempre que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social. Esta inclusividad asegura que la protección se extienda a la mayoría de las personas trabajadoras, independientemente de su régimen de cotización.

Uno de los requisitos fundamentales para acceder a la prestación económica asociada a este permiso es haber cubierto un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social. Este periodo varía en función de la edad del progenitor en la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento:

  • Menores de 21 años: No se exige periodo mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 26 años: Se requiere haber cotizado un mínimo de 90 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio del descanso, o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de toda la vida laboral antes de dicha fecha.
  • Mayores de 26 años: Es necesario haber cotizado al menos 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al inicio del descanso, o, de forma alternativa, 360 días cotizados a lo largo de toda la vida laboral.

Es importante destacar que, en caso de que no se cumpla con el periodo mínimo de cotización, los progenitores podrían tener derecho a un subsidio no contributivo por nacimiento y cuidado de menor, que cubre el periodo de descanso obligatorio. La prestación económica durante el permiso equivale al 100% de la base reguladora del trabajador, que se calcula sobre la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante. Esta prestación es abonada directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y está exenta de IRPF, lo que garantiza una cobertura económica completa para el progenitor durante el disfrute del permiso. Para los trabajadores por cuenta ajena, la empresa debe emitir un certificado que constate la fecha de inicio del descanso laboral. La solicitud del permiso puede realizarse de forma telemática a través del portal "Tu Seguridad Social" con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa, o por correo ordinario.

Implicaciones para Empresas y Gestores de RRHH

La ampliación y las nuevas condiciones del permiso por nacimiento y cuidado de menor en 2026 tienen un impacto directo y significativo en la gestión empresarial, especialmente para los departamentos de Recursos Humanos. Para las empresas, la correcta aplicación de esta normativa no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para fortalecer sus políticas de conciliación y retención de talento. La principal implicación es la necesidad de una planificación exhaustiva para la sustitución de personal. Con la extensión del permiso a 19 semanas por progenitor, y hasta 32 semanas para familias monoparentales, las ausencias pueden ser más prolongadas, requiriendo una estrategia clara para cubrir esos puestos sin afectar la productividad. Esto implica anticipar las bajas, formar a otros empleados para cubrir temporalmente las funciones o, en su caso, gestionar la contratación de personal interino.

Desde el punto de vista de la gestión de nóminas y cotizaciones, los gestores de RRHH deben estar al tanto de que la Seguridad Social asume el coste total del permiso, abonando el 100% de la base reguladora. Sin embargo, la empresa sigue siendo responsable de la comunicación y el envío de los certificados de empresa necesarios para que el trabajador pueda solicitar la prestación. Es fundamental que estos trámites se realicen con la antelación debida para evitar retrasos en el cobro de la prestación por parte del empleado. Además, la posibilidad de disfrutar de las semanas flexibles y las dos semanas adicionales hasta que el menor cumpla ocho años, abre un abanico de escenarios que exigen una gestión flexible y un acuerdo mutuo entre empresa y trabajador sobre la distribución de estos periodos.

Los convenios colectivos juegan un papel crucial en la adaptación de estas normativas. Si bien la ley establece unos mínimos, muchos convenios pueden mejorar las condiciones de los permisos, por lo que es imprescindible que las empresas consulten y apliquen lo dispuesto en su convenio sectorial y provincial. La implementación de herramientas de software de RRHH, como las que promociona calendariolaboral.top, puede ser de gran ayuda para automatizar la gestión de estos permisos, el seguimiento de las fechas, el cálculo de las bases de cotización y la generación de la documentación necesaria, minimizando errores y optimizando los recursos del departamento. Esto es especialmente relevante en sectores con alta rotación o donde la planificación de turnos es compleja, como la construcción, el metal o la hostelería, donde la precisión es nuestra ventaja competitiva.

Derechos y Obligaciones del Trabajador Durante el Permiso

Para el trabajador, el permiso por nacimiento y cuidado de menor en 2026 representa un derecho fundamental para la conciliación de la vida familiar y laboral, pero también implica una serie de obligaciones que deben ser cumplidas para garantizar su correcto disfrute. El derecho más importante es la suspensión del contrato de trabajo con reserva del puesto, lo que significa que el empleado tiene la garantía de reincorporarse a su puesto de trabajo al finalizar el permiso en las mismas condiciones laborales. Durante este periodo, el trabajador recibe una prestación económica equivalente al 100% de su base reguladora, abonada por la Seguridad Social, lo que asegura una estabilidad económica en un momento tan importante. Además, existe una protección especial frente al despido, considerándose nulo cualquier despido que se produzca durante el disfrute de este permiso, salvo causas justificadas y no relacionadas con el ejercicio de este derecho.

En cuanto a las obligaciones del trabajador, la principal es la comunicación a la empresa de su intención de solicitar el permiso con una antelación mínima de 15 días. Este preaviso es crucial para permitir a la empresa organizar la sustitución del puesto de trabajo y evitar perjuicios en la actividad productiva. En esta comunicación, el trabajador deberá especificar la fecha de inicio y fin del permiso, así como la distribución de las semanas flexibles, en caso de optar por un disfrute fraccionado o a tiempo parcial. Para la solicitud de la prestación ante la Seguridad Social, se requerirá diversa documentación, incluyendo el DNI, el libro de familia o certificado de inscripción del menor en el Registro Civil, y el certificado de empresa que acredite el inicio del descanso laboral.

Es vital que el trabajador conozca que, aunque el permiso es un derecho individual e intransferible, la elección de las semanas flexibles y las dos semanas adicionales hasta los ocho años, debe realizarse de mutuo acuerdo con la empresa. En caso de desacuerdo, la empresa deberá motivar su negativa y ofrecer una alternativa razonada, pudiendo el trabajador impugnar la decisión ante la jurisdicción social. Comprender estos derechos y obligaciones es esencial para que el trabajador pueda ejercer su derecho a la conciliación de manera efectiva y sin contratiempos, asegurando el bienestar del menor y la estabilidad de su carrera profesional.

Diferencias Clave: Permiso por Nacimiento vs. Permiso Parental de 8 Semanas

Es fundamental para trabajadores y empresas diferenciar entre el permiso por nacimiento y cuidado de menor y el permiso parental de 8 semanas, ya que sus características y condiciones son distintas, aunque ambos buscan fomentar la conciliación familiar. La confusión entre ambos es común, pero sus implicaciones son muy diferentes, especialmente en lo que respecta a la retribución.

El permiso por nacimiento y cuidado de menor es, como hemos detallado, un derecho retribuido que se amplía a 19 semanas por progenitor en 2026 (32 para familias monoparentales), cubriendo el 100% de la base reguladora por parte de la Seguridad Social. Este permiso está diseñado para los primeros meses de vida del menor, con seis semanas obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente después del hecho causante, y el resto de semanas flexibles hasta que el menor cumpla 12 meses, incluyendo las dos semanas adicionales que se pueden disfrutar hasta los ocho años. Su objetivo es la suspensión del contrato de trabajo para el cuidado directo del recién nacido o menor adoptado/acogido.

Por otro lado, el permiso parental de 8 semanas es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores que permite a cada trabajador disponer de un total de ocho semanas para el cuidado de sus hijos o menores acogidos, desde su nacimiento y hasta que cumplan ocho años. La característica más importante que lo distingue del permiso por nacimiento es que, en su concepción original y en gran parte de su aplicación actual, este permiso no es retribuido. Aunque la Directiva Europea 2019/1158 establece la obligación de retribuir al menos cuatro semanas de este permiso, España ha enfrentado retrasos en su transposición completa y ha sido objeto de sanciones por ello. A partir del 1 de enero de 2026, las dos semanas adicionales del permiso por nacimiento, que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años, sí serán retribuidas, pero estas son parte del permiso por nacimiento, no del permiso parental no retribuido de 8 semanas. Esto significa que, aunque hay un avance hacia la retribución de algunos periodos de cuidado hasta los 8 años, el permiso parental de 8 semanas en sí mismo, tal como está regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, sigue siendo mayoritariamente no remunerado.

La flexibilidad es otra diferencia. Mientras que el permiso por nacimiento tiene periodos obligatorios y un marco temporal más rígido para las semanas flexibles, el permiso parental de 8 semanas ofrece una mayor libertad en su disfrute, pudiendo tomarse de forma continuada o dividida, a jornada completa o parcial, e incluso fraccionado en semanas o días sueltos, siempre que haya acuerdo con la empresa. Esta distinción es crucial para una correcta gestión y para que los trabajadores puedan planificar adecuadamente sus periodos de descanso y cuidado.

Novedades y Proyecciones para 2026: Más Allá de las 19 Semanas

El año 2026 marca un hito importante en la evolución de los derechos de conciliación en España, no solo por la consolidación de las 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado de menor, sino también por las proyecciones y debates en torno a futuras ampliaciones y la plena retribución del permiso parental. El Real Decreto-ley 9/2025, que entra plenamente en vigor el 1 de enero de 2026 para las semanas adicionales, completa la transposición de la Directiva europea de conciliación, lo que refuerza el compromiso de España con la corresponsabilidad y el apoyo a las familias.

Una de las principales expectativas para el futuro reside en la plena retribución del permiso parental de 8 semanas. Aunque las dos semanas adicionales del permiso por nacimiento que se pueden disfrutar hasta los 8 años serán retribuidas a partir de 2026, el permiso parental de 8 semanas en su conjunto sigue siendo no remunerado en gran medida. La Unión Europea ha sancionado a España por no cumplir a tiempo con la obligación de retribuir al menos cuatro semanas de este permiso, lo que sugiere que habrá nuevos movimientos legislativos para subsanar esta situación y evitar sanciones adicionales. Es previsible que, en el marco de futuras negociaciones presupuestarias o nuevas leyes de familias, se aborde la retribución de un mayor número de semanas de este permiso, alineando la normativa española con los estándares europeos más avanzados en materia de conciliación.

Además de la retribución, se espera que se continúe trabajando en la flexibilización de los permisos y en la adaptación de la legislación a las diversas realidades familiares. La Ley de Familias, que ha sido el motor de muchas de estas medidas, busca dar un soporte integral a todos los tipos de familias, incluyendo las monoparentales, que ya han visto una ampliación significativa en sus permisos. La atención se centrará en cómo estos permisos se coordinan con otros derechos laborales, como las adaptaciones de jornada por razones de conciliación o las excedencias por cuidado de hijos, para ofrecer un marco de apoyo coherente y efectivo.

Para calendariolaboral.top, mantenerse actualizado sobre estas evoluciones es crucial. Como consultores de RRHH y expertos en derecho laboral, nuestra labor es traducir estas complejidades normativas en información clara y aplicable para nuestros usuarios. La monitorización constante del BOE y del BOP, así como de las sentencias judiciales relevantes, nos permite ofrecer datos precisos que son la ventaja competitiva de nuestro portal. Anticipar estos cambios y ofrecer herramientas que faciliten su gestión, como software de RRHH o descargables en PDF, es nuestro valor añadido principal.

Cómo Solicitar la Prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor

El proceso para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor es fundamental para que los progenitores puedan disfrutar plenamente de su derecho. Con la entrada en vigor de las novedades para 2026, es importante conocer los pasos y la documentación necesaria para realizar este trámite de forma correcta y eficiente. La solicitud de la prestación se gestiona a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y existen varias vías para ello, adaptándose a las preferencias y posibilidades de cada trabajador.

El primer paso, y de vital importancia, es la comunicación a la empresa. El trabajador debe informar a su empleador con una antelación mínima de 15 días sobre su intención de iniciar el permiso, especificando las fechas de inicio y fin, así como la modalidad de disfrute (a jornada completa o parcial, continuo o fraccionado). Esta comunicación permite a la empresa preparar el certificado de empresa necesario, un documento clave que el INSS requerirá para tramitar la prestación. Sin este certificado, la solicitud no podrá ser procesada.

Una vez realizada la comunicación a la empresa, el trabajador puede proceder a la solicitud de la prestación ante la Seguridad Social. Las principales vías para hacerlo son:

  • Online a través del portal "Tu Seguridad Social": Esta es la opción más recomendada por su agilidad y comodidad. Requiere disponer de certificado digital o usuario y contraseña en el sistema Cl@ve. A través de este portal, se puede rellenar el formulario de solicitud y adjuntar la documentación requerida de forma telemática.
  • Presencialmente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS): Para esta opción, es imprescindible solicitar cita previa. Una vez obtenida la cita, el trabajador deberá acudir con la documentación completa para presentarla en persona.
  • Por correo ordinario: Aunque menos ágil, sigue siendo una alternativa válida. Se debe descargar y rellenar el formulario de solicitud disponible en la web de la Seguridad Social y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del Instituto Social de la Marina (ISM) correspondiente, junto con toda la documentación.

La documentación general que se suele requerir incluye:

  • DNI, pasaporte o NIE del solicitante y del otro progenitor (si aplica).
  • Libro de Familia o certificado de la inscripción del menor en el Registro Civil.
  • Certificado de empresa que acredite la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado de menor.
  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud (en caso de nacimiento).
  • Resolución judicial o administrativa en casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

Es importante recordar que, para las dos semanas adicionales del permiso por nacimiento que se pueden disfrutar hasta los 8 años, y que son aplicables a nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024, la solicitud podrá realizarse a partir del 1 de enero de 2026. La Seguridad Social ha habilitado campañas informativas para guiar a los progenitores en este proceso, incluso permitiendo la solicitud con una antelación máxima de 15 días a la fecha de inicio del disfrute. Un seguimiento adecuado de estos pasos garantizará el acceso a la prestación sin demoras innecesarias.

Impacto del Permiso en la Planificación de Calendarios Laborales

La gestión de los permisos por nacimiento y cuidado de menor en 2026, con sus nuevas duraciones y flexibilidades, tiene un impacto directo en la planificación de los calendarios laborales de las empresas. Para los gestores de RRHH, la precisión en este ámbito es crucial para asegurar la continuidad operativa, cumplir con la normativa y mantener un ambiente laboral favorable. El portal calendariolaboral.top se posiciona como una herramienta esencial en este contexto, proporcionando datos oficiales y facilitando la digitalización de la gestión del tiempo de trabajo.

La ampliación del permiso a 19 semanas por progenitor, y hasta 32 para familias monoparentales, implica periodos de ausencia más prolongados que deben ser contemplados en la elaboración de los calendarios laborales anuales y mensuales. Esto es particularmente relevante en sectores como la hostelería, la construcción o el metal, donde la asignación de turnos y la disponibilidad de personal son factores críticos. Los gestores deben anticipar estas ausencias para poder organizar sustituciones temporales, reasignar tareas o formar a otros miembros del equipo, minimizando así el impacto en la productividad y en la calidad del servicio. La posibilidad de que los progenitores distribuyan las semanas flexibles y las dos semanas adicionales hasta que el menor cumpla ocho años, introduce un elemento de variabilidad que requiere una comunicación fluida y un acuerdo entre la empresa y el trabajador para asegurar una planificación efectiva.

Además, la integración de estos permisos con otros derechos de conciliación, como las reducciones de jornada por guarda legal o las excedencias por cuidado de hijos, añade una capa de complejidad a la planificación. Un software de gestión de RRHH adecuado, como los que se promocionan en calendariolaboral.top, puede ser una solución invaluable. Estas herramientas permiten centralizar la información de los empleados, gestionar las solicitudes de permisos, calcular automáticamente las horas de trabajo anuales según el convenio, y generar calendarios personalizados que reflejen todas las ausencias y adaptaciones de jornada. Esto no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también optimiza el tiempo de los gestores y reduce la probabilidad de errores.

La precisión del convenio colectivo es nuestra ventaja competitiva. Al ofrecer información detallada y actualizada sobre cómo estos permisos se reflejan en los convenios sectoriales y provinciales, calendariolaboral.top empodera a las empresas para que puedan cuadrar nóminas y turnos con total seguridad normativa. Una correcta planificación de los calendarios laborales no solo evita posibles sanciones, sino que también fomenta la satisfacción del empleado, mejora la reputación de la empresa como empleador responsable y contribuye a la retención del talento, un factor cada vez más valorado en el mercado laboral actual.

Consejos para una Gestión Proactiva del Permiso por Nacimiento

Una gestión proactiva del permiso por nacimiento y cuidado de menor en 2026 es esencial tanto para los trabajadores como para las empresas, permitiendo anticipar situaciones, minimizar conflictos y asegurar un proceso fluido y beneficioso para ambas partes. Como consultores de RRHH y expertos en derecho laboral, recomendamos una serie de consejos prácticos para afrontar estas novedades de manera eficaz.

Para los trabajadores, la clave está en la anticipación y la información. Es fundamental informarse con suficiente antelación sobre la duración exacta del permiso, los requisitos de cotización y la documentación necesaria, especialmente con la entrada en vigor de las nuevas semanas adicionales en 2026. Planificar el disfrute de las semanas flexibles y las dos semanas adicionales hasta los ocho años, y comunicarlo a la empresa con el preaviso legalmente establecido (mínimo 15 días), evitará problemas y permitirá una mejor organización del equipo. No dudes en consultar a tu departamento de RRHH o a un experto en derecho laboral si tienes dudas sobre tu caso particular. Mantener una comunicación abierta y transparente con la empresa sobre tus intenciones y necesidades de conciliación es siempre la mejor estrategia.

Para las empresas y gestores de RRHH, la formación y la adaptación de procesos son prioritarias. Es crucial que los departamentos de RRHH estén plenamente familiarizados con las últimas modificaciones del Real Decreto-ley 9/2025 y las fechas de aplicación de las nuevas semanas retribuidas. Implementar o actualizar un software de gestión de RRHH que contemple estas particularidades es una inversión que optimizará la gestión de los permisos, el control de las ausencias, la planificación de turnos y la elaboración de nóminas. Estas herramientas pueden automatizar muchos de los procesos administrativos, liberando tiempo para tareas de mayor valor añadido.

Asimismo, es recomendable establecer un protocolo interno claro para la gestión de solicitudes de permisos por nacimiento y cuidado de menor, que detalle los plazos, la documentación requerida y los canales de comunicación. Ofrecer sesiones informativas a los empleados sobre sus derechos y obligaciones puede disipar dudas y fomentar un clima de confianza. Para las empresas, la gestión proactiva de estos permisos no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que también refuerza su compromiso con la conciliación, mejora la imagen corporativa y contribuye a la retención de talento. En calendariolaboral.top, ofrecemos recursos y herramientas que facilitan esta gestión, desde información precisa sobre convenios colectivos hasta soluciones de software que simplifican el día a día de los gestores de personas.

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